El mercado cambiario en colombia para operaciones en moneda extranjera

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El mercado cambiario es fundamental para las empresas y personas que realizan transacciones internacionales en Colombia. Comprender sus reglas y regulaciones es crucial para llevar a cabo operaciones de forma legal y eficiente.

Tabla de Contenido

¿Qué es una transacción de moneda extranjera?

Una transacción de moneda extranjera es aquella cuyo importe se denomina o exige su liquidación en una moneda distinta de la funcional. En el caso de las empresas domiciliadas en España, la moneda funcional es el euro.

La Norma de Registro y Valoración (NRV) 11ª del Plan General de Contabilidad (PGC) regula los aspectos relacionados con las transacciones en moneda extranjera. Esta norma clasifica los elementos patrimoniales en:

  • Partidas monetarias : efectivo, activos y pasivos que se reciben o pagan con una cantidad determinada de unidades monetarias. Ejemplos: préstamos, partidas a cobrar, débitos, partidas a pagar e inversiones en valores representativos de deuda.
  • Partidas no monetarias : activos y pasivos que no se consideran partidas monetarias. Ejemplos: inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, fondo de comercio, existencias, inversiones en el patrimonio de otras empresas, anticipos a cuenta de compras o ventas y pasivos a liquidar mediante la entrega de un activo no monetario.

Valoración inicial y posterior

La valoración inicial de una transacción en moneda extranjera se realiza convirtiendo el importe pactado a la moneda funcional (euros en el caso de España) mediante el tipo de cambio de contado en la fecha de la transacción. La norma permite utilizar un tipo de cambio medio del periodo, a lo sumo mensual, para facilitar el cálculo en caso de múltiples transacciones.

En la valoración posterior, las partidas monetarias se valorarán al cierre del ejercicio aplicando el tipo de cambio existente en ese momento. Las diferencias de cambio se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que surjan.

Las partidas no monetarias valoradas a coste histórico se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción. Las partidas no monetarias valoradas a valor razonable se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de determinación de dicho valor.

¿Qué es una operación de moneda extranjera en Colombia?

En Colombia, las operaciones de moneda extranjera están reguladas por el Banco de la República. Estas operaciones se clasifican en dos categorías:

  • Operaciones de obligatoria canalización a través del mercado cambiario : Estas operaciones deben ser negociadas o transferidas de divisas a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) o de cuentas de compensación. Ejemplos: importaciones, exportaciones, endeudamiento externo, inversión extranjera, inversión colombiana en el exterior, inversiones financieras en títulos emitidos en el exterior, avales y garantías en moneda extranjera, operaciones de derivados.
  • Operaciones del mercado libre : Estas operaciones no tienen la obligación de ser canalizadas a través del mercado cambiario. Pueden, sin embargo, ser canalizadas voluntariamente a través de los IMC. Ejemplos: exportaciones de servicios, remesas familiares.

Residente y no residente para efectos cambiarios

En Colombia, se consideran residentes las personas naturales nacionales colombianas que habiten en el territorio nacional o las extranjeras que permanezcan continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario durante un periodo de 365 días calendario consecutivos. También se consideran residentes las entidades de derecho público, personas jurídicas y sucursales de sociedades extranjeras establecidas en el país.

Se consideran no residentes las personas naturales nacionales colombianas o extranjeras que no cumplan la condición de permanencia prevista para los residentes, las personas jurídicas que no tengan su domicilio principal dentro del territorio nacional y otras entidades que no tengan personería jurídica ni domicilio dentro del territorio nacional.

Cuentas de compensación

Las cuentas de compensación son cuentas bancarias en el exterior, a nombre de residentes, por medio de las cuales se canalizan operaciones de cambio obligatoriamente canalizables a través del mercado cambiario y operaciones internas que se paguen en divisas. Una vez registradas, también se pueden realizar operaciones del mercado libre.

Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC)

Los IMC son entidades autorizadas por el Banco de la República para realizar operaciones de cambio en Colombia. Algunos ejemplos de IMC son:

  • Establecimientos bancarios
  • Corporaciones financieras
  • Compañías de financiamiento
  • Financiera de Desarrollo Nacional (FDN)
  • Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancóldex)
  • Cooperativas financieras
  • Sociedades comisionistas de bolsa de valores
  • Sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales (Sicsfe)
  • Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpe)
  • Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter)
  • Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro)
  • Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex)
  • Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio)
  • Fondo Nacional de Ahorro (FNA)

El Banco de la República publica un listado de IMC inscritos en el Sistema de Información Cambiaria.

Obligaciones de conservación de documentos

Los residentes que efectúen operaciones de cambio están obligados a conservar los documentos que acrediten el monto, características y demás condiciones de la operación, así como el origen o destino de los recursos, por un período igual al de caducidad o prescripción de la acción sancionatoria por infracciones al régimen cambiario.

Tasa de cambio

En Colombia, la tasa de cambio la fija el mercado de divisas. No existe una tasa de cambio oficial. Los residentes pueden comprar divisas al IMC que les ofrezca una tasa más baja.

Operaciones entre una sociedad matriz y su sucursal en Colombia

Entre una sociedad matriz domiciliada en el exterior y su sucursal establecida en Colombia, únicamente pueden darse las siguientes operaciones en divisas:

  • Transferencia de capital asignado o suplementario.
  • Reembolso de utilidades y capital asignado o suplementario.
  • Pago por concepto de operaciones reembolsables de comercio exterior de bienes.
  • Pago por concepto de servicios.

El mercado cambiario en Colombia es un sistema complejo que requiere un conocimiento profundo de las reglas y regulaciones para realizar operaciones de forma legal y eficiente. Es fundamental consultar con un profesional en finanzas para obtener asesoramiento personalizado y evitar errores que puedan afectar sus transacciones internacionales.

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