Devolución del 35% del dólar ahorro: cómo reclamar tu dinero

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La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la opción para solicitar la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos con tarjeta en el exterior. A partir del lunes 1 de enero de 2024, puedes reclamar el 35% que se te retuvo como adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias durante todo el año 2023 por la compra de dólares o gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito.

Esta devolución aplica a los gastos realizados entre enero y diciembre de 202Si no sufriste retenciones en tus recibos de sueldo durante el mismo periodo y no estás inscripto en el impuesto, puedes realizar el trámite. En cambio, los empleados con retenciones de Ganancias en 2023 deberán informar las percepciones 2023 en el SIRADIG para que el empleador devuelva en la liquidación anual, que será en mayo de 202

Tabla de Contenido

Pasos para Solicitar la Devolución del 35%

Para solicitar la devolución, debes seguir estos pasos:

  1. Ingresar con tu Clave Fiscal a www.afip.gob.ar
  2. Dirigirse a la sección "Mis Aplicaciones Web".
  3. Buscar "Devolución de percepciones" y seleccionar la opción "Nuevo".
  4. Seleccionar el periodo fiscal (indicar el mes por el cual se solicita la devolución).
  5. Click en "Continuar".
  6. El sistema mostrará las percepciones registradas en "Mis Retenciones" en el periodo seleccionado.
  7. Tildar las percepciones por las que solicitas la devolución.
  8. Seleccionar "Grabar" y luego "Presentar" para finalizar el trámite.

Requisitos para Iniciar el Trámite

Antes de iniciar la solicitud de devolución, debes:

  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

¿Quiénes Pueden Solicitar la Devolución?

Pueden solicitar la devolución quienes:

devolucion 35 dolar ahorro - Cuándo te devuelven el 35% de la compra de dólares

  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las Ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219 ( dólar ahorro ).
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217 (gastos en el exterior).
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219 ( dólar ahorro ).

¿Cómo Saber si Te Hicieron la Devolución?

La AFIP entregará el dinero a la cuenta bancaria CBU que fue indicada en el trámite si la solicitud fue aprobada. El trámite de devoluciones se realiza por cada mes. Es decir, si en 2023 tuviste pagos en los que te fueron retenidos los importes, se deberán hacer 12 solicitudes distintas, una por cada mes.

Tabla Resumen de Casos

Para facilitar la comprensión, a continuación, se presenta una tabla resumen de los casos específicos en los que puedes solicitar la devolución del 35%:

Situación Requisitos Código de Percepción
No inscripto en Ganancias ni Bienes Personales No estar inscripto en ninguno de los impuestos. 217 y 219
Inscripto en Ganancias, no en Bienes Personales Inscripto solo en Ganancias. 219 ( dólar ahorro )
Inscripto en Bienes Personales, no en Ganancias Inscripto solo en Bienes Personales. 217 (gastos en el exterior)
Trabajador en Relación de Dependencia sin Retenciones No sufrir retenciones de Ganancias por parte del empleador. 217 y 219
Trabajador en Relación de Dependencia con Retenciones Sufrir retenciones de Ganancias por parte del empleador, pero que la percepción haya sido bajo el código 219 ( dólar ahorro ). 219 ( dólar ahorro )

Es importante destacar que esta devolución solo aplica a las percepciones realizadas en 202Para obtener la devolución, debes realizar el trámite correspondiente a través de la página web de la AFIP. Si tienes dudas sobre tu situación particular, te recomendamos consultar con un asesor fiscal.

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