En Argentina, la ley 2660/62 establece el derecho de los trabajadores a una obra social, con una retención del 3% del salario bruto más el 6% pagado por el empleador. Esta ley también otorga la libertad de elegir entre una cobertura médica social o privada.
La derivación de aportes es una opción para acceder a una cobertura de medicina prepaga, transfiriendo los aportes que ya se realizan a la obra social hacia la prepaga. Este proceso implica dos pasos principales:
- Cambiar el destino de los aportes: Esto se realiza a través del servicio SSSalud, donde se selecciona la prepaga como nueva destinataria de los aportes.
- Gestionar el alta en la prepaga: Una vez que los aportes se derivan, se debe formalizar la inscripción en el plan de salud elegido.
De esta manera, se paga solo la diferencia entre el monto total de los aportes y el precio del plan de salud seleccionado.
- ¿Quiénes pueden derivar aportes?
- Pasos para cambiar el destino de los aportes
- Procedimiento para el cambio de obra social
- Plazos del cambio de obra social
- Unificación de Aportes: Cómo sumar aportes de diferentes fuentes
- Procedimiento para la unificación de aportes
- ¿Cómo cambiar de OBSBA a otra obra social?
¿Quiénes pueden derivar aportes?
Los empleados en relación de dependencia pueden derivar sus aportes a una prepaga, siempre y cuando:
- Trabajen fuera de convenio: En este caso, por defecto, se les asigna una obra social de dirección.
- Trabajen bajo convenio colectivo de trabajo: En este caso, por defecto, se les asigna una obra social sindical.
Pasos para cambiar el destino de los aportes
Paso 1: Informarse y cotizar
- Informarse sobre los planes de salud ofrecidos por la prepaga.
- Cotizar la cobertura médica que más se ajusta a las necesidades.
- Indicar la intención de cambiar la obra social actual.
- Confirmar la contratación, aprovechando posibles descuentos por contratación online.
Paso 2: Obtener la clave fiscal
Obtener la clave fiscal de nivel 2 y vincularla con el servicio SSSalud.
Paso 3: Realizar el cambio en SSSalud
Ingresar a SSSalud y realizar el cambio de obra social a prepaga, seleccionando las obras sociales con las que la prepaga tiene convenio.
Para formalizar el cambio a una cobertura médica privada, se deben presentar los siguientes documentos en los centros de atención al público de la prepaga:
- Fotocopia del último recibo de haberes del titular.
- Fotocopia del DNI del titular y de cada integrante del grupo familiar.
- Fotocopia del Certificado de Matrimonio y el CODEM (certificado emitido por ANSES) del cónyuge.
- Fotocopia del Certificado de Nacimiento de los hijos, DNI y CUIL.
- Información Sumaria Testimonial actualizada ante Juzgado de Paz, en el caso de tratarse de uniones de hecho o si tienen un hijo en común, partida de nacimiento donde figure el nombre de ambos padres.
- CUIT del Empleador (cuando no figure en el recibo de sueldo).
- CUIL del Empleado (cuando no figure en el recibo de sueldo).
Tener en cuenta que el cambio de cobertura médica se puede realizar solo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud, según el decreto 438/202
El tiempo que tarda el cambio de obra social a una medicina privada varía según el tipo de obra social:
- Obras sociales sindicales: Puede tardar hasta 3 meses.
- Obras sociales de dirección: Suele tardar un mes.
Unificación de Aportes: Cómo sumar aportes de diferentes fuentes
La unificación de aportes permite sumar los aportes realizados desde diferentes fuentes, como:
- Pluriempleo: Si se tiene más de un trabajo, se pueden unificar los aportes de cada empleo.
- Aportes del cónyuge: Si el cónyuge realiza aportes de obra social, ya sea en relación de dependencia o como monotributista, se pueden sumar a los del titular.
Procedimiento para la unificación de aportes
Unificación de aportes por pluriempleo
- Completar la carta de pluriempleo, disponible en la sección de descargas de formularios de la prepaga.
- Presentar la carta completa y firmada en un Centro de Atención Personalizada o a través de Gestiones Online.
- Adjuntar el recibo de sueldo o el alta temprana en relación de dependencia de cada empleo.
Si la facturación de la prepaga llega a nombre del titular, la carta deberá estar firmada solo por él. Si una de las empresas abona la cuota mensual, también debe figurar su firma autorizada.
Unificación de aportes del cónyuge
- Completar la carta de suma de aportes, disponible en la sección de descargas de formularios de la prepaga.
- Presentar la carta completa y firmada en un Centro de Atención Personalizada.
- Adjuntar el recibo de sueldo o el alta temprana en relación de dependencia de ambos cónyuges o, si alguno es monotributista, los formularios 184 y 152, el último ticket de pago y el acta de matrimonio o de convivencia.
La carta debe estar firmada por ambos cónyuges y, si una de las empresas abona la cuota mensual, también debe figurar su firma autorizada.
La obra social se asigna al otorgarse la jubilación o pensión. Se puede identificar mediante la Constancia de Empadronamiento (CODEM), que contiene los datos personales, del grupo familiar y la obra social asignada o elegida.
Al inicio del trámite de jubilación o pensión, se debe presentar el Formulario Derivación de Aportes de Obra Social (PS.7) firmado por el empleador. ANSES, de acuerdo a la obra social consignada en el formulario, asignará un código de obra social en la prestación previsional.
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