El Bono Social eléctrico es un descuento significativo en la factura de la luz diseñado para proteger a los hogares considerados vulnerables o en situación de vulnerabilidad severa debido a sus condiciones socioeconómicas. Este beneficio, regulado por el Gobierno, también incluye el Bono Social Térmico. Para aquellos con discapacidad, el Bono Social Luz puede representar un alivio importante en sus gastos energéticos.
Para acceder al Bono Social, es fundamental tener contratada la tarifa eléctrica PVPC y una potencia igual o inferior a 10 kilovatios en tu vivienda habitual. Además, deberás cumplir con ciertos requisitos que acrediten tu condición como cliente vulnerable, cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
Requisitos para ser considerado Vulnerable o Vulnerable Severo:
Clientes Vulnerables:
Se consideran clientes vulnerables las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
- Renta anual inferior o igual a los límites establecidos según el IPREM:
- 1,5 veces el IPREM: si no forma parte de una unidad de convivencia o no hay menores a cargo: 1600€.
- 0,3 veces el IPREM por cada miembro adicional mayor de edad: 520€.
- 0,5 veces el IPREM por cada menor de edad de la unidad de convivencia: 200€.
IPREM anual 14 pagas válido para 2024: 400€.
Por ejemplo, para tener derecho al Bono Social como consumidor vulnerable en el caso de una pareja con dos hijos menores, la renta máxima pasa a ser igual o inferior a: 2520€.
Se consideran unidades de convivencia las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí:
- Por vínculo matrimonial o como pareja de hecho.
- Por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad/afinidad: hijos, cónyuge, padres, suegros, yernos y nueras, abuelos, hermanos, nietos y cuñados.
- Adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
En ningún caso, una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia.
Todos estos umbrales se incrementarán en 1 vez el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias:
- Que algún miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Que algún miembro de la unidad de convivencia sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
- Que algún miembro de la unidad de convivencia se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o
- Que se acredite que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
- Pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente): que el solicitante (o en caso de que haya unidad de convivencia, todos los miembros de la misma que tengan ingresos) perciba la pensión mínima (por jubilación o por incapacidad permanente). Además, si tiene otra fuente de ingresos aparte de la pensión su cuantía anual no puede superar los 500€.
- Familias numerosas: todas sin excepción que presenten un título en vigor de familia numerosa.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
En el caso de cumplir con los requisitos mencionados, los clientes vulnerables tienen derecho a un descuento en su factura, sujeto a unos límites de consumo anuales según la normativa RDL 4/2024 de 24 de junio:
- Descuento del 65% hasta el 30 de septiembre de 202
- Descuento del 57,5% del 1 de octubre al 31 de diciembre de 202
- Descuento del 50% del 1 de enero al 31 de marzo de 202
- Descuento del 42,5% del 1 de abril al 30 de junio de 202
- Descuento del 35% a partir del 1 de julio de 202
Clientes Vulnerables Severos:
Se consideran que son clientes vulnerables severos las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:
- Renta: percibir una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales de renta establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
- Ingreso Mínimo Vital: si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto. Asimismo, se considerará la renta conjunta de la unidad de convivencia para comprobar si se cumplen los requisitos necesarios.
- Pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente): que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o por invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM (400 €).
- Familias numerosas: aquellas con una renta anual inferior a 2 veces el IPREM (1800 €)
En el caso de cumplir con los requisitos mencionados, los clientes vulnerables severos tienen derecho a un descuento en su factura, con unos límites de consumo anuales según la normativa RDL 4/2024 de 24 de junio:
- Descuento del 80% hasta el 30 de septiembre de 202
- Descuento del 72,5% del 1 de octubre al 31 de diciembre de 202
- Descuento del 65% del 1 de enero al 31 de marzo de 202
- Descuento del 57,5% del 1 de abril al 30 de junio de 202
- Descuento del 50% a partir del 1 de julio de 202
Clientes Vulnerables Severos en Riesgo de Exclusión Social:
En esta categoría especial entran quienes cumplan estas 2 condiciones:
- Haber sido considerados clientes vulnerables severos (ver más arriba).
- Ser atendidos por los servicios sociales de una Administración Autónoma o local que financie al menos el 50% del importe de su factura eléctrica.
En estas circunstancias, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
La solicitud del Bono Social se puede realizar a través de la compañía eléctrica que te suministra la energía. Deberás presentar la documentación necesaria para acreditar tu situación de vulnerabilidad. Para ello, puedes acudir a la oficina de atención al cliente de tu compañía o realizar la solicitud online a través de su página web.
El Bono Social ofrece un descuento significativo en la factura de la luz, que puede suponer un ahorro importante para los hogares vulnerables. Además, los beneficiarios del Bono Social también reciben el Bono Social Térmico, que ayuda a cubrir los costes de calefacción.
El Bono Social Luz es especialmente importante para las personas con discapacidad, ya que suelen tener mayores necesidades energéticas. El descuento en la factura de la luz les permite ahorrar dinero y mejorar su calidad de vida.
El porcentaje de descuento del Bono Social varía en función de la categoría del cliente vulnerable (vulnerable, vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social) y del consumo anual. En general, se puede ahorrar un porcentaje significativo de la factura de la luz.
Puedes consultar con tu compañía eléctrica para verificar si cumples con los requisitos para acceder al Bono Social. También puedes consultar la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para obtener información detallada sobre el programa.
¿Qué pasa si no cumplo con los requisitos?
Si no cumples con los requisitos para el Bono Social, no podrás acceder al descuento. Sin embargo, tu compañía eléctrica puede ofrecer otros programas de ayuda económica para el pago de la factura de la luz.
Conclusión:
El Bono Social Luz es una herramienta importante para proteger a los hogares vulnerables y, especialmente, a las personas con discapacidad. Si cumples con los requisitos, te animamos a que solicites este descuento y disfrutes del ahorro en tu factura de la luz.
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