Bono para empleadas domésticas: cuánto corresponde pagar por horas trabajadas

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En el mes de octubre las empleadas domésticas cobrarán sus haberes con aumento y, además, recibirán la segunda cuota del bono de $ 2000 dispuesto por el Gobierno en agosto.

Con los sueldos de septiembre a cobrarse en octubre, los trabajadores del Régimen para el Personal de Casas Particulares recibirán el último aumento definido por el Gobierno para el trimestre, el cual asciende a un 8%.

Dado que, tras esto, aún no hay más subas acordadas para los próximos meses, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá este viernes 29 de septiembre para definir nuevas correcciones para el próximo trimestre y que las empleadas domésticas cobren con aumento a inicios de noviembre también.

En la reunión participarán representantes del Gobierno, empleadores y miembros del gremio . Previamente, para los meses de julio, agosto y septiembre se acordó una suba del 36% y, ahora, se espera que este porcentaje sea superior dada la aceleración inflacionaria.

Además, al 8% de aumento que se aplicará en octubre, las empleadas domésticas cobrarán el mes entrante los $ 1000 correspondientes a la segunda cuota del bono de $ 2000 dispuesto por el Ministerio de Trabajo.

En el mes de octubre las empleadas domésticas cobrarán sus haberes con aumento y, además, recibirán la segunda cuota del bono de $ 2000 dispuesto por el Gobierno en agosto.

Sin embargo, no todos los trabajadores particulares cobrarán los $ 1000 completos dado que, en primer lugar, es preciso encontrarse registrado y, luego, se trata de un cálculo por horas, por lo que si se trabajan menos de 8 horas diarias entonces el dinero será menos: ¿Cómo calcular cuánto cobro de bono?

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Bono a empleadas domésticas: cómo calcular cuánto corresponde pagar por horas trabajadas

A través de la Resolución 1125/2023 publicada semanas atrás por la cartera a cargo de Raquel "Kelly" Olmos en el Boletín Oficial, se aclaró el cálculo correcto que los empleadores deben hacer para conocer el porcentaje a pagar del bono a los trabajadores de casas particulares, el cual se suma a un aumento ya estipulado del 8% para septiembre.

Tal como explicó la ministra en su momento, tanto este extra como la suma fija de $ 60.000 para los trabajadores en relación de dependencia con ingresos por debajo de los $ 400.000 'en mano' se pagarán acorde a las horas trabajadas.

Al anunciar el bono para trabajadores, Olmos aclaró que "en todos los casos, esta suma fija es proporcional a la cantidad de horas trabajadas", por lo que cada empleador deberá abonar el monto del bono proporcional a la carga de trabajo.

Además, en particular respecto a las trabajadoras domésticas, la funcionaria aclaró: "Sabemos que es habitual que trabajen para distintos empleadores, en consecuencia, la responsabilidad del pago es proporcional a la carga de trabajo en cada caso".

Es por esto que ya se publicó la tabla para conocer cómo calcular las horas trabajadas y qué porcentaje del bono le corresponde a cada uno de los empleadores.

En el artículo 3° de la Resolución 1125/2023, el Gobierno dispuso la tabla de cálculo para conocer el "proporcional de la asignación no remunerativa establecida para los trabajadores y las trabajadoras del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares".

Para calcular el monto del bono correspondiente a cada empleador, la resolución considera una jornada laboral de 192 horas mensuales.

Para calcular el monto del bono correspondiente a cada empleador, la resolución considera una jornada laboral de 192 horas mensuales, es decir, de poco más de unas nueve horas diarias.

Así, se debe multiplicar el monto mensual del bono (de $ 1500 para septiembre más otros $ 1500 para octubre) por la cantidad de horas trabajadas para cada empleador en el mes de agosto y, al resultante, hay que dividirlo por 19

El cálculo es el siguiente: Asignación no remunerativa mensual = $1500 x Cantidad de horas de trabajadas en el mes de agosto / 192

Como ejemplo: si, durante el mes, una empleada doméstica trabajó 60 horas mensuales en un mismo hogar -poco más dos horas y media diarias de lunes a viernes considerando 23 días hábiles en agosto- a su empleador le correspondería pagar $ 3906 de bono, un 31% del total correlativo a las horas trabajadas.

Cabe resaltar que este beneficio únicamente correrá para quiénes cobren "salarios inferiores a $38500 por una jornada laboral de 192 horas mensuales".

De esta forma, en caso de que una empleada doméstica trabaje en dos o más hogares, el pago del bono deberá dividirse entre todos los empleadores correspondientes, debiendo calcular cada uno de estos las horas trabajadas en cada hogar.

Tal como ocurrirá con el pago de la suma fija en micro y pequeñas empresas, el Estado también asistirá a los empleadores con el pago del bono al cubrir el 50% de este para quienes registren "ingresos netos de hasta $ 1 millón y medio" por mes.

Además, también se realizará un cruce de información fiscal para excluir de la ayuda a "aquellos sectores patronales que tributaron impuesto a los Bienes Personales en el año 2022".

De esta forma, tomando el ejemplo presentado con anterioridad en el que el empleador debería pagarle $ 3906 al trabajador particular contratado, en caso de cumplir con los requisitos, el Estado cubriría el 50% del gasto a través de cargas patronales, por lo que únicamente saldrían de su bolsillo $ 1953 cada mes.

Aumento a empleadas domésticas: cuánto me corresponde en octubre

Además del bono de $ 2000 pagadero en dos cuotas de $ 1500 en septiembre y octubre, las trabajadoras y los trabajadores domésticos cobrarán en septiembre con una nueva suba de salarios correspondiente a la acordado por la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (CNTCP).

En base al sueldo de junio, se definió una suba del 36% trimestral con un 20% en julio que ya se pagó, un 8% en agosto (no acumulativo) que se cobrará a partir del corriente mes y un 8% en septiembre (no acumulativo).

Además, este viernes 29 de septiembre la comisión volverá a reunirse para reabrir paritarias y definir una nueva corrección para el último trimestre del año. Así, las escalas salariales para empleadas domésticas para septiembre quedaron de la siguiente forma según las distintas categorías:

Categoría Con Retiro Sin Retiro
Primera Categoría - Supervisor/a Hora: $ 1275
Mensual: $ 15074
Hora: $ 1396,5
Mensual: $ 17190,5
Segunda Categoría - Personal para tareas específicas Hora: $ 1207
Mensual: $ 14788,5
Hora: $ 1323,5
Mensual: $ 16514
Tercera Categoría - Caseros Hora: $ 1140
Mensual: $ 14191,5
-
Cuarta Categoría - Asistencia y cuidado de personas Hora: $ 1140
Mensual: $ 14191,5
Hora: $ 1275
Mensual: $ 160.686,5
Quinta Categoría - Personal para tareas generales Hora $ 1057
Mensual: $ 12670
Hora: $ 1140
Mensual: $ 14191,5

De esta forma, una empleada doméstica de la cuarta categoría -personal para tareas generales- con retiro que cobre la segunda cuota del bono completa, recibirá a inicios de octubre el equivalente a $ 14670.

Cuánto cobran las empleadas domésticas en marzo de 2024

Los trabajadores del servicio doméstico que tienen contrato mensual recibirán en su sueldo de marzo de 2024 un aumento del 20%, correspondiente a lo trabajado durante el mes de febrero, con referencia al salario de diciembre de 202Este porcentaje forma parte del más reciente acuerdo paritario entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y el Ministerio de Trabajo, cuyo total es por un 35%. El restante 15% es para el mes de marzo y se cobrará en abril, pero en este caso considerando el salario de febrero.

Esta actualización impacta en el salario del personal de tareas generales, que constituye la quinta categoría y abarca a las empleadas domésticas, es decir, a quienes se dedican a la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.

En marzo rigen nuevos valores para el trabajo del servicio doméstico Shutterstock

Sueldo por hora de las empleadas domésticas en marzo 2024

Con este reajuste a las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:

  • Por hora con retiro: $1699,78
  • Por hora sin retiro: $1833,52

Sueldo mensual de las empleadas domésticas en marzo 2024

En febrero, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado en febrero:

  • Mensual con retiro: $20509,76
  • Mensual sin retiro: $23860,32

Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

El nuevo acuerdo incluye un 35% de aumento en los primeros meses del año Shutterstock

Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas

Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:

  • N° de CUIL
  • Nombre y apellido
  • Fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
  • Si es o no una persona jubilada
  • CBU (en caso de ya estar bancarizada)
  • Número telefónico
  • Correo electrónico

Cómo se calculan las vacaciones del servicio doméstico

Los trabajadores del servicio doméstico, que engloba a las categorías de supervisores, personal de tareas específicas, caseros, niñeras y cuidadores de adultos, y personal de tareas generales, cuentan con un esquema de días de descanso según el tiempo trabajado.

Entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año, el empleado tiene derecho a tomarse vacaciones. La cantidad de días va a depender de la antigüedad y se considera la siguiente regla:

  • Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
  • De 6 meses a 5 años: 14 días.
  • De 5 a 10 años: 21 días.
  • De 10 a 20 años: 28 días.
  • Más de 20 años: 35 días.

En el caso de que la incorporación al trabajo haya sido reciente, existe un esquema proporcional de días de descanso, de acuerdo a las horas trabajadas.

  • Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día de vacaciones
  • Entre 8 y 11 semanas: 2 días de vacaciones
  • Entre 12 y 15 semanas: 3 días de vacaciones
  • Entre 16 y 19 semanas: 4 días de vacaciones
  • Más de 20 semanas: 5 días de vacaciones

LA NACION

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