Anses y el seguro de desempleo: todo lo que debes saber en 2023

Valoración: 3.61 (599 votos)

El seguro por desempleo es una herramienta fundamental para contrarrestar la pérdida de ingresos tras un despido involuntario, brindando apoyo económico y asistencia para la búsqueda de un nuevo empleo. En este artículo, te explicaremos en detalle cómo funciona el seguro de desempleo de ANSES en 2023, incluyendo sus requisitos, duración, prestaciones y responsabilidades.

Tabla de Contenido

¿A quién está dirigido el Seguro de Desempleo?

El seguro por desempleo está diseñado para los trabajadores asalariados registrados que han sido despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o aquellos que perdieron su trabajo debido al cierre de la empresa. También pueden acceder aquellos trabajadores que hayan sido detectados como no registrados en acciones de fiscalización del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT) y posteriormente despedidos.

¿Quiénes no pueden acceder al seguro de desempleo?

No todos los trabajadores despedidos pueden acceder a este beneficio. Quedan excluidas aquellas personas que:

  • No registren aportes al Fondo Nacional de Empleo (excepto quienes hayan sido detectadas con trabajo no registrado en una fiscalización).
  • Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
  • Sean Beneficiarios de Programas de Empleo o perciban cualquier otra prestación no contributiva.
  • Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías .
  • Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
  • Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
  • Pertenezcan a los siguientes regímenes : Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal. Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley Nº 1047) Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N° 252

Plazo para iniciar la solicitud

El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral. Los días que exceden de este plazo son descontados del total del período de prestación que le corresponda al trabajador.

Prestaciones del Seguro de Desempleo

Las personas que acceden al seguro de desempleo reciben:

  • Una suma en dinero (prestación básica dineraria) mensual.
  • Pago de asignaciones familiares en caso de corresponder.
  • Cobertura médico asistencial.
  • Reconocimiento de la antigüedad para la jubilación.
  • Tarjeta SUBE con TARIFA SOCIAL.

Prestaciones adicionales del Marco del Programa Prestaciones por Desempleo

Además de las prestaciones básicas, el programa ofrece:

  • Acompañamiento para el desarrollo de emprendimientos productivos individuales o asociativos.
  • Posibilidad de cobrar juntas todas las cuotas del Seguro por Desempleo para desarrollar un emprendimiento (Modalidad de Pago Único).
  • Finalización de estudios primarios y/o secundarios con entrega de certificación de estudios formales.
  • Actividades de formación profesional y capacitación laboral.
  • Orientación laboral, apoyo a la búsqueda de empleo , orientación al trabajo independiente.
  • Entrenamiento para el trabajo.
  • Apoyo a la inserción laboral.

Duración del Seguro por Desempleo

La duración del seguro varía según el tiempo efectivamente trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social (Fondo Nacional de Empleo) en los últimos 2 o 3 años al cese o despido, de acuerdo a las siguientes tablas:

Ley N°2013 y 2191

Período de Cotización Duración de las prestaciones
De 6 a 11 meses 2 meses
De 12 a 23 meses 4 meses
De 24 a 35 meses 8 meses
36 meses 12 meses

Ley N°2371

Período de Cotización Duración de las prestaciones
8 a 11 meses 3 meses
12 a 17 meses 4 meses
18 a 24 meses 8 meses

A las personas de 45 años o más, automáticamente se les extiende el Seguro por Desempleo por un período de 6 meses.

Responsabilidades del trabajador

El trabajador tiene algunas responsabilidades durante el período de cobro del Seguro por Desempleo:

  • Proporcionar toda documentación solicitada y comunicar los cambios de domicilio.
  • Aceptar los empleos adecuados que le sean ofrecidos por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y asistir a las acciones de formación para las que sean convocados.
  • Solicitar la suspensión del pago del Seguro por Desempleo al incorporarse a un nuevo trabajo (5 días hábiles para realizar el trámite).
  • Presentarse a las Citas obligatorias de la Secretaría de Trabajo Empleo y Seguridad Social.
  • Reintegrar los montos de prestaciones indebidamente percibidas.

Normativa

Para mayor información sobre el Seguro de Desempleo, consulta la siguiente normativa:

bono para desocupados 2022 - Qué beneficios tiene ANSES para desocupados

Normativa Número Descripción
Ley 2013 Empleo, Título IV
Ley 2371 Sistema Integrado de Prestaciones por Desempleo para los Trabajadores Comprendidos en el Régimen de la Construcción
Ley 2191 Trabajadores Rurales
Decreto DNU 90/2023 Previsiones Laborales
Resolución 596/2023 Programa de Apoyo a la Registración

¿Dónde se tramita el Seguro por Desempleo?

Los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por las Leyes N° 2013 y N° 2371 (Construcción) deben tramitar el seguro de desempleo en la ANSES ; mientras que los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajadores Rurales, de la Ley N° 2727, deben contactarse con el RENATRE.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Anses y el seguro de desempleo: todo lo que debes saber en 2023 puedes visitar la categoría Finanzas / Inversiones.

Subir