Ospecon: tu obra social, tu salud

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Ospecon es una obra social que se caracteriza por brindar una cobertura integral de salud a sus afiliados. Su sistema de atención se basa en la medicina familiar, lo que significa que ofrece una amplia gama de servicios médicos dentro de sus propios centros de salud. En este artículo, profundizaremos en los diferentes aspectos de Ospecon para que puedas conocerla a fondo y decidir si es la opción ideal para ti.

Tabla de Contenido

¿Qué es Ospecon?

Ospecon es una Mutual que ofrece un Programa de Medicina Familiar con cobertura integral para todas las necesidades de salud. Su enfoque se basa en la atención médica preventiva y la atención personalizada a sus afiliados.

Beneficios de Ospecon

Ospecon se destaca por ofrecer una amplia variedad de beneficios para sus afiliados, entre los que se encuentran:

  • Atención médica integral : Desde consultas médicas hasta especialidades, incluyendo atención odontológica, oftalmológica, ginecológica y pediatría.
  • Medicamentos : Cobertura para medicamentos recetados por profesionales médicos.
  • Intervenciones quirúrgicas : Cobertura para intervenciones quirúrgicas en sus propios centros de salud.
  • Estudios médicos : Acceso a una amplia gama de estudios médicos, como análisis de sangre, radiografías, ecografías, etc.
  • Programa de prevención : Servicios de prevención de enfermedades, como vacunación, controles médicos preventivos, etc.
  • Asesoramiento médico : Acceso a asesoramiento médico telefónico o virtual para consultas y orientación.

Es importante destacar que Ospecon no autoriza reintegros. Todas las prestaciones se brindan dentro de sus propios servicios de salud, asegurando una atención integral y personalizada.

Cómo Afiliarse a Ospecon

Para afiliarse a Ospecon, es necesario completar los trámites correspondientes en cualquiera de sus delegaciones. Los requisitos para la afiliación varían según la condición laboral del solicitante. A continuación, se detallan los documentos necesarios para cada caso:

Trabajadores

  • Titular : DNI, último recibo de sueldo.
  • Cónyuge : DNI del titular y del cónyuge, último recibo de sueldo del titular, acta de matrimonio, certificado o libreta de matrimonio, constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES, certificación negativa emitida por ANSES.
  • Concubinas/os : DNI del titular y del conviviente, certificado de domicilio del titular y conviviente, unión convivencial emitida por Registro Civil o información sumaria judicial actualizada, certificación negativa ANSES del conviviente, último recibo de sueldo.
  • Hijo/s menor de 21 años : DNI del titular e hijo, acta o partida de nacimiento, constancia de CUIL emitida por ANSES, último recibo de sueldo.
  • Hijos estudiantes : Mayor de 21 años, estudiante, hasta 25 años inclusive. La misma documentación que "Hijo" más certificado o constancia de estudios regulares, constancia de CUIL emitida por ANSES, último recibo de sueldo.
  • Hijos del cónyuge : Acreditación de vínculo mediante acta de matrimonio, certificado o libreta de matrimonio del Reg. Civil entre el beneficiario titular y el progenitor del menor, partida de nacimiento, acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular, certificados de domicilio titular y menor, DNI titular y menor, constancia de CUIL del menor emitida por ANSES, último recibo de sueldo.
  • Hijo/a mayor de 21 años o cónyuge o conviviente discapacitado : Igual documentación requerida para el vínculo según corresponda, más certificado de discapacidad -CUD- vigente otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad, certificación negativa ANSES.
  • Menores bajo guarda o tutela : DNI del titular y del menor, constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, certificados de domicilio del titular y menor, constancia de CUIL emitida por ANSES, último recibo de sueldo.
  • Padres (Ascendientes) : Podrán ser incluidos únicamente cuando sean mayores de 60 años de edad o se encuentren incapacitados para trabajar y siempre que no resulten ser beneficiarios de jubilaciones o pensiones. Se debe presentar partida de nacimiento, certificados de domicilio, información sumaria judicial, certificado extendido por el ANSES, DNI padre y titular, último recibo de sueldo.
  • Nietos : Corresponde el aporte adicional del 1,5%. Los nietos de los titulares que no cuenten con guarda judicial a favor del abuelo, y que el menor no haya sido reconocido por el padre, y la hija del titular sea menor de edad, podrán incluirse como familiares a cargo. Se debe presentar certificado de nacimiento del menor y de la madre, certificado de domicilio titular, madre del menor y menor, información sumaria judicial acreditando que el padre del recién nacido no se hace cargo del menor, constancia de CUIL emitida por ANSES, DNI titular, madre del menor y menor, último recibo de sueldo.
  • Extranjeros : Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente. Además, deberán presentar la documentación personal, legalizada por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización. Deberán realizar la acreditación de datos ante la ANSES.

Monotributistas/Monotributistas Sociales

Las afiliaciones para monotributistas/monotributistas sociales y servicio doméstico se realizan en forma presencial con turno previo. Para sacar turnos de afiliación, pueden comunicarse al 0800-222-0123 (solo AMBA) de lunes a viernes de 14 a 17h.

Monotributistas

  • Titular : DNI titular, F184 de Adhesión de Monotributo para OSPECON, F152 Credencial de pago de Monotributo, pagos al día y último ticket del pago del Monotributo.
  • Cónyuge : DNI, DNI del titular y cónyuge, acreditación de vínculo con el acta de matrimonio, certificado o libreta de matrimonio del Reg. Civil, certificación negativa emitida por ANSES, constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el Cónyuge declarado, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporación del Cónyuge.
  • Concubinas/os : DNI del titular y conviviente, certificado de domicilio del titular y conviviente, unión convivencial emitida por Registro Civil o información sumaria judicial actualizada, certificación negativa ANSES del conviviente, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con la/el CONCUBINA/O, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la/el CONCUBINA/O.
  • Hijo/s menor de 21 años : DNI del titular e hijo, acreditación de vínculo con el acta o partida de nacimiento, constancia de CUIL emitida por ANSES, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el/los HIJO/S menor de 21 años, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporacion del HIJO/S menor de 21 años.
  • Hijos estudiantes : Mayor de 21 años, estudiante, hasta 25 años inclusive. Igual documentación que "Hijo" más certificado de estar cursando estudios regulares, secundarios o terciarios en establecimientos oficialmente reconocidos, constancia de CUIL emitida por ANSES, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el HIJO ESTUDIANTE declarado, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporacion del/la HIJO ESTUDIANTE.
  • Hijos del cónyuge : Certificado o libreta de Matrimonio, con la que acredita el casamiento legal entre el beneficiario titular y el progenitor del menor, partida de nacimiento, acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular, certificados de domicilio titular y menor, DNI titular y menor, certificación negativa de ANSES actualizada del HIJO DEL CONYUGE, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el HIJO DEL CÓNYUGE, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporación del HIJO DEL CÓNYUGE.
  • Hijos discapacitados : Igual documentación que "Hijo" más certificado de discapacidad otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad, constancia de CUIL emitida por ANSES, comprobante de pago del mes en curso con el pago correspondiente por el grupo familiar, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, certificación negativa de ANSES actualizada del HIJO DISCAPACITADO, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el HIJO DISCAPACITADO, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporación del HIJO DISCAPACITADO.
  • Menores bajo guarda o tutela : DNI titular y menor, constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, certificados de domicilio titular y menor, constancia de CUIL emitida por ANSES, certificación negativa de ANSES actualizada del MENORES BAJO GUARDA O TUTELA, ticket de mes en curso de Monotributo con el aporte adicional por adherente, F184 de Adhesión al Régimen de Monotributo en AFIP para OSPECON con el MENORES BAJO GUARDA O TUTELA, F152 Credencial de pago de Monotributo del titular con la incorporación del MENORES BAJO GUARDA O TUTELA.
  • Extranjeros : Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente. El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro de CUIL con el cual trabaja y que figura en su recibo de haberes (Constancia de CUIL emitida por la ANSES). Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera). La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1 deberá igualmente acreditar su situación Migratoria. La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización. Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES. En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille. En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente. El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.

Servicio Doméstico

  • Titular : DNI Titular, Formulario 102 de AFIP de Servicio Doméstico, último ticket de pago como Servicio Doméstico del F102 de AFIP, Constancia de Opción de Cambio de la SSSalud/ se omite su Ud. ya tiene opción en OSPECON.
  • Cónyuge : DNI de TITULAR y Cónyuge, Acreditación de vínculo con el Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil, Certificación NEGATIVA emitida por ANSES, Constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES, Ticket de pago por adherente declarado (F575 concepto 894, subconcepto 894).
  • Concubinas/os : DNI de TITULAR y Conviviente, Certificado de domicilio de TITULAR y Conviviente, Unión Convivencial emitido por Registro Civil o Información Sumaria Judicial actualizada donde debe exponer el titular acreditando la convivencia mayor a 2 (dos) años, que conste que el conviviente no percibe ningún beneficio social, jubilación ni pensión y todo lo dicho esté ratificado al menos por 2 testigos, Certificación negativa ANSES del conviviente, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Hijo/s menor de 21 años : DNI de TITULAR e Hijo, Acreditación de vínculo con el Acta o Partida de nacimiento/Anotación en Libreta de Familia del Registro Civil, Constancia de CUIL de la ANSES del HIJO, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Hijos estudiantes : Igual documentación que "Hijo" más certificado de estar cursando estudios regulares, secundarios o terciarios en establecimientos oficialmente reconocidos, Constancia de CUIL emitida por ANSES, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Hijos del cónyuge : Certificado o libreta de Matrimonio, con la que acredita el casamiento legal entre el beneficiario titular y el progenitor del menor, Partida de nacimiento, Acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular, Certificación negativa de ANSES del HIJO DE CONYUGE, Certificados de domicilio titular y menor, DNI titular y menor, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Hijos discapacitados : Igual documentación que "Hijo" más certificado de discapacidad otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad, Certificación negativa de ANSES del HIJO DE DISCAPACITADO, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Menores bajo guarda o tutela : DNI del titular y del menor, Constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, Certificados de domicilio titular y menor, Certificación negativa de ANSES del Menor a Cargo, Ticket de pago por adherente declarado (F575 IMPUESTO 947, concepto 894, subconcepto 894).
  • Extranjeros : Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con Membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente. El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro de CUIL con el cual trabaja y que figura en Ticket de pago (Constancia de CUIL emitida por la ANSES). Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera). La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1 deberá igualmente acreditar su situación Migratoria. La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización. Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES. En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille. En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente. El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.

Cómo Dar de Baja Ospecon

Si necesitas dar de baja tu afiliación a Ospecon, deberás informar a la Obra Social al momento de producida la misma, con el fin de no generar deuda. Para gestionar la baja, puedes acercarte al Centro Médico más cercano a tu domicilio y presentar una nota confeccionada por el titular informando que requiere la baja.

Consultas Habituales sobre Ospecon

A continuación, respondemos algunas de las consultas habituales sobre Ospecon:

¿Cómo puedo consultar el estado de mis aportes?

Para corroborar el estado de tus aportes, puedes ingresar al sitio web de SSSalud: https://www.sssalud.gob.ar/index.php?cat=consultas&page=mono_pagos

¿Cuál es el teléfono de atención al cliente de Ospecon?

Para consultas sobre afiliaciones, puedes comunicarte al 0800-222-0123 (solo AMBA) de lunes a viernes de 14 a 17h.

¿Qué hago si necesito atención médica fuera de horario?

Ospecon cuenta con un servicio de atención médica telefónica o virtual fuera de horario para consultas y orientación. Puedes encontrar más información sobre este servicio en el sitio web de Ospecon o comunicarte con el centro de atención al cliente.

Ospecon es una obra social que ofrece una cobertura integral de salud a sus afiliados. Su sistema de atención se basa en la medicina familiar, lo que garantiza una atención personalizada y de alta calidad. Si estás buscando una obra social que te brinde una cobertura completa y te ofrezca un servicio de calidad, Ospecon puede ser una excelente opción.

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