A fin de 2022, todos los empleadores de casas particulares tuvieron que abonar un bono de fin de año para trabajadores privados, establecido por el Gobierno en el Decreto 841/2Este bono, aunque no es remunerativo, puede recuperarse en parte mediante un reintegro del 50%, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Opciones para Deducir el Bono
El Decreto 841/22 establece dos opciones para los empleadores de casas particulares:
- Deducir el monto total del bono del Impuesto a las Ganancias. El tope para la deducción en 2022 es de $25564,84 por todo concepto, incluyendo remuneraciones, contribuciones patronales y el bono.
- Solicitar el reintegro del 50% del monto abonado por el bono. Esta opción es para quienes no pueden deducir el bono en Ganancias.
Requisitos para el Reintegro del 50%
No todos los empleadores podrán acceder al reintegro. Para ser elegible, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Registrar la relación laboral en el “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” en el sitio web de AFIP.
- Registrar el pago del bono dispuesto en el Decreto 841/2
- No estar encuadrado en el Impuesto a las Ganancias de 4° categoría . Esto significa que no se debe haber sufrido retenciones (empleados o jubilados) ni ser autónomo. En estos casos, se debe optar por la primera alternativa y deducir el bono.
- No contar simultáneamente con un empleo asalariado y una actividad del Monotributo en la categoría “C” o superior, ni en el régimen de trabajo autónomo.
- No estar en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) .
- No haber presentado una declaración jurada de Bienes Personales 2021 superior a $ 39920.
- No ser propietario de más de un bien inmueble , un automotor con antigüedad menor a un año, o más de un automotor, una embarcación o aeronave.
El reintegro está dirigido principalmente a monotributistas puros (o mixtos categorías A y B), empleados y jubilados que no lleguen a los mínimos de Ganancias, pero que no posean un patrimonio superior a $ 8,4 millones, un vehículo nuevo, ni más de un auto o inmueble.
Procedimiento para Solicitar el Reintegro
Plazo
El plazo para solicitar el reintegro es limitado: desde el 16 de enero hasta el 23 de enero de 2023.
Herramienta
El trámite se realiza a través del Portal de Casas Particulares del sitio web de la AFIP, en la opción “ Solicitud de reintegro – Decreto N° 841/22 ”.
Documentación
Se debe presentar:
- Declaración jurada con el monto total abonado por la asignación no remunerativa.
- Recibo de sueldo de diciembre de 2022 que incluya el pago del bono.
Notificación y Pago
La AFIP notificará a los empleadores a través del domicilio fiscal electrónico registrado en la AFIP. El pago se realizará a través del Banco Nación, probablemente a la cuenta bancaria (CBU) declarada al fisco.

Fiscalización
La AFIP y el Ministerio de Trabajo tienen la facultad de fiscalizar el reintegro. La solicitud se desestimará en caso de falsedad de la información presentada o incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Consultas y Asistencia
Si tienes dudas sobre el reintegro del bono para empleadas domésticas, te recomendamos consultar con un asesor especializado en temas laborales y fiscales.
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