La ANSES está preparando el pago de un bono de 50.000 pesos, que se entregará a partir de octubre a los sectores más afectados por la inflación. Se estima que alrededor de 2 millones de personas podrán acceder a este beneficio, que estará distribuido en tres pagos mensuales de 1500 pesos cada uno.
¿Cómo inscribirse al bono de 50.000 pesos?
Para recibir el bono de 50.000 pesos, los beneficiarios deberán inscribirse a través de Mi ANSES. Es importante que los datos personales estén actualizados en la página web para poder realizar la inscripción.
- Ingresa a Mi ANSES con tu CUIT o CUIL y tu clave de Seguridad Social.
- Selecciona la opción "Ir a mis datos de contacto".
- Verifica que tus datos personales estén actualizados. Si necesitas realizar modificaciones, haz clic en la opción "modificar".
- Una vez que hayas realizado los cambios necesarios, guarda tus datos haciendo clic en el cartel que dice "guardar mis datos".
También puedes realizar este trámite por vía telefónica, llamando al número gratuito 130, de lunes a viernes de 8 a 20 horas. Si los datos a modificar son de las personas que tú representas, la presentación de la documentación deberá ser presencial, sin turno previo, en cualquier oficina de UDAI (Unidad de Atención Integral) de la ANSES.
Documentación necesaria para registrarse
La documentación necesaria para registrarse dependerá del tipo de trámite que quieras realizar. A continuación, se detallan los documentos necesarios para cada caso:
Hijos
- Partida de nacimiento (si fue emitida en el extranjero, debe estar legalizada o apostillada; y si no está en español, debe ser traducida). La ANSES aclaró que si las partidas son de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay, están exceptuadas del visado, traducción, legalización y apostilla.
- DNI del hijo y de los padres (si el menor es adoptado, además copia de la sentencia de adopción).
Matrimonio
- Acta, partida o certificado de matrimonio (si fue emitida en el extranjero, debe estar legalizada o apostillada; y si no está en español, debe ser traducida).
- DNI de los cónyuges.
Divorcio vincular o separación personal
- Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.
- Documento Nacional de Identidad.
Separación de hecho
- Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.
- Documento Nacional de Identidad.
Acreditación de convivencia y convivencia previsional
- Convivencia : sentencia o resolución judicial; o una constancia de registro civil o juez de paz (DD.JJ. acta de convivencia, unión civil, unión convivencial); o presentarse en la ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.45 Información Sumaria de Convivencia.
- Convivencia previsional : por muerte de uno de los dos miembros de la pareja se debe acreditar la convivencia hasta el momento del deceso. Además, hay que demostrar la duración del vínculo por un período de al menos 5 años o de 2 años en el caso de tener hijos en común.
¿Quiénes accederán al IFE 5 ?
El refuerzo que entrará en vigencia a partir de octubre estará destinado a personas en situación económica vulnerable y que no sean beneficiarios de ningún otro programa social. Para inscribirse, deben registrar y actualizar los datos personales y familiares en la web de Mi ANSES.
¿Cómo postular al bono de 50 mil pesos ?
Para acceder al Bono Ayuda Familiar la persona debe, previamente, regularizar su situación directamente con su empleador o empleadora, para que cumpla con la obligación de pagar las asignaciones familiares y, luego, solicitar el pago retroactivo de las mismas a través del portal de Previred. Si el empleador no ha cumplido con todo aquello o solo pagó las asignaciones familiares, pero no las compensó debidamente en el pago de las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de septiembre de 2019, el trabajador o trabajadora no figurará en las nóminas de pago. Sin embargo, mantendrá su derecho a reclamar (dentro del plazo legal de un año) siempre que la situación con su empleador quede totalmente regularizada.
Se puede consultar y verificar desde ya esta situación directamente con el empleador o en la entidad administradora de Asignación Familiar (caja de compensación u otra). Si la persona es pensionado/a, o funcionario/a público o municipal, puede consultar directamente en su entidad pagadora de pensión o en el área de Recursos Humanos de su municipio o institución pública.
Recuerde que, aun cuando existan las situaciones anteriormente mencionadas, usted debe realizar el reclamo de todas maneras. Eso le asegura el derecho al beneficio si usted cumple los requisitos legales.
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